2026008.- CURSO DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN TRIBUTARIA. ÁMBITO LOCAL

CURSO DE GESTION Y RECAUDACION TRIBUTARIA. ÁMBITO LOCAL SEMIPRESENCIAL Cod 2026008

 

Duración: 110 horas (22 presenciales y 88 on line)

Fecha: Del 15 de junio al 17 de julio de 2026, presenciales los días 16, 17, 18, 23, 24 y 25 de junio de 15:30 a 19:00 horas.

Nº alumnos: 30

 Fin de plazo para inscripción: 10 de junio de 2026

Destinatarios: Personal C1, C2 que desarrollen su actividad profesional en el ámbito de la Gestión Tributaria y pertenezcan al OAPGT, Diputación de Toledo y Entidades Locales adheridas al Plan de Formación Continua 2026.

Lugar para los días presenciales: Sala de Prensa de la Diputación Provincial de Toledo. Pza. de la Merced 4. 45002 Toledo.

Objetivos: Abordar los conceptos básicos relacionados con los procesos tributarios locales.

Desarrollar competencias básicas para la gestión  y conocimiento sobre los tributos locales 

Conocer metodologías y técnicas participativas

Desarrollo: Se remitirá a los asistentes el programa docente del curso mediante correo electrónico que deberán facilitar a su inscripción, para su estudio personal durante un periodo de 10 días hábiles.

Al vencimiento del estudio del temario por el alumnado participante, se impartirá la parte especial mediante clases en formato presencial.

Sistema de evaluación: Se elaborará por parte del alumnado un trabajo práctico que se presentará en la sesión final y que consistirá en un breve informe sobre lo aprendido en el curso.

 

 

Programa:

BLOQUE 1: INTRODUCCION AL DERECHO

  • Derecho constitucional básico
  • El régimen Civil de la herencia en España: Proceso, Partes, derechos.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Especialidades en materia tributaria
  • La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
  • Reglamento General de Recaudación
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BLOQUE 2: INTRODUCCIÓN AL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO: 

  • Los obligados tributarios
  • Derechos y garantías
  • Los sujetos pasivos
  • El contribuyente, el sustituto.
  • Las exenciones subjetivas
  • Capacidad de obrar en el orden tributario
  • Los responsables tributarios: subsidiarios/ solidarios
  • Procedimiento para declarar la responsabilidad
  • Los sucesores, retenedores y obligados a ingresar a cuenta
  • La representación
  • La residencia y domicilio fiscal

BLOQUE  3: ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA

  • Funciones de la Gestión Tributaria
  • Declaración Tributaria
  • Las autoliquidaciones
  • Comunicación de datos
  • Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos
  • Procedimiento iniciado mediante declaración

BLOQUE 4: GESTION RECAUDATORIA.

  • Pago.
  • Prescripción
  • Insolvencias
  • Otras formas de Extinción
  • Formas de arbitrar el pago
  • Aplazamientos y Fraccionamientos del pago
  • Procedimientos de compensación
  • La compensación de oficio de deudas de entidades públicas. 
  • El procedimiento de deducción
  • El periodo ejecutivo

BLOQUE 5: LOS TRIBUTOS LOCALES: IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

  • El Impuesto sobre Actividades Económicas. (IAE)
  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. (IBI)
  • El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. (IVTM)
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)
  • Otros (Gastos suntuarios, etc…)

Las indemnizaciones por locomoción serán a cargo de la Diputación: según se establece en el apartado décimo de las Normas del Plan de Formación Continua 2025

 

La Diputación abonará la correspondiente indemnización por locomoción a los asistentes a las diferentes acciones formativas, cuando dicha acción formativa se realice fuera de la localidad del centro de trabajo, siempre que así se determine en la convocatoria de cada una de las acciones formativas ofertadas, de acuerdo a las siguientes normas:

 

  • La cantidad será de 0,26 euros por kilómetro.

 

  • El abono de la citada dieta, es incompatible con la percepción de otra dieta por el mismo concepto de cualquier otra administración. En este sentido, será necesario presentar declaración jurada de no percibir el pago por otra vía, si así sucediese, se estará a lo dispuesto en el régimen disciplinario.

 

  • El empleado, deberá solicitar el abono de la misma cumplimentando los documentos correspondientes (ficha de terceros, impreso de indemnización por locomoción y declaración jurada),la ficha de terceros deberá cumplimentarse, firmarse y presentarse a través de la Sede Electrónica por el procedimiento reglamentario, y dirigido a la Tesorería, la declaración jurada y la hoja de indemnización por locomoción, deberán remitirlas una vez firmadas, a través del mismo medio, dentro de los 7 días posteriores a la finalización del curso, con destino al Servicio de Formación.

 

  • En caso de no presentarse por los medios indicados, en el plazo establecido, podrá perderse el derecho a la percepción de la misma.