2026003.- FORMACIÓN MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS BÁSICO
MANIPULADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS.
NIVEL BÁSICO cod 2026003
Duración: 25 horas presenciales
Fecha: 15, 16, 20, de abril (09.00 horas a 14:00 horas), día 17 de abril (09.00 horas a 13:00 h)
21 de abril (8.00 a 14.00 horas)
Nº alumnos: 20
Fin de plazo para inscripción: 10 de abril.
Destinatarios: Personal de las Entidades Locales adheridas al Plan de Formación Continua 2026.
Lugar: Pabellón Actividades Múltiples de Las Herencias.
C/ Antonio Sánchez Gil nº 9. 45664 Las Herencias.
Objetivo : Capacitar a los alumnos para que obtengan el Carné de Manipulador de Productos Fitosanitarios básico, previsto en la legislación vigente sobre estos productos.
Programa:
Plagas de los cultivos: Clasificación y descripción.
- Productos fitosanitarios: etiquetas y fichas de datos de seguridad
- Riesgos para la salud derivados de la utilización de productos fitosanitarios para el medio ambiente.
- Peligrosidad de los productos fitosanitarios primeros auxilios
- Equipos de protección individual EPI
- Transporte, almacenamiento y manipulación de los productos fitosanitarios.
- Métodos de control de plagas, incluyendo los métodos alternativos. Tratamientos fitosanitarios.
- Preparación, mezcla y aplicación.
- Métodos de aplicación de productos fitosanitarios.
- Factores a tener en cuenta para una aplicación eficiente y correcta.
- Equipos de aplicación: descripción y funcionamiento.
- Limpieza, mantenimiento e inspecciones periódicas de los equipos.
- Relación trabajo-salud: normativa vigente sobre prevención de riesgos laborales.
- Métodos para identificar los productos fitosanitarios ilegales y riesgos asociados a su uso. Infracciones, sanciones y delitos.
- Protección ambiental, medidas de seguridad para proteger el agua, el suelo y la fauna auxiliar, además de la gestión de residuos y envases vacíos
Las indemnizaciones por locomoción serán a cargo de la Diputación: según se establece en el apartado décimo de las Normas del Plan de Formación Continua 2025.
§ La Diputación abonará la correspondiente indemnización por locomoción a los asistentes a las diferentes acciones formativas, cuando dicha acción formativa se realice fuera de la localidad del centro de trabajo, siempre que así se determine en la convocatoria de cada una de las acciones formativas ofertadas, de acuerdo a las siguientes normas:
· La cantidad será de 0,26 euros por kilómetro.
- · El abono de la citada dieta, es incompatible con la percepción de otra dieta por el mismo concepto de cualquier otra administración. En este sentido, será necesario presentar declaración jurada de no percibir el pago por otra vía, si así sucediese, se estará a lo dispuesto en el régimen disciplinario.
- · El empleado, deberá solicitar el abono de la misma cumplimentando los documentos correspondientes (ficha de terceros, impreso de indemnización por locomoción y declaración jurada),la ficha de terceros deberá cumplimentarse, firmarse y presentarse a través de la Sede Electrónica por el procedimiento reglamentario, la declaración jurada y la hoja de indemnización por locomoción, deberán remitirlas una vez firmadas, a través del mismo medio, dentro de los 7 días posteriores a la finalización del curso.
En caso de no presentarse por los medios indicados, en el plazo establecido, podrá perderse el derecho a la percepción de la misma.